viernes, 21 de abril de 2017

ANALISIS DE LA SENTENCIA T-372/12


De la anterior sentencia podemos analizar que en la ocurrencia de una enfermedad laboral, un empleado informa o da a conocer su situación actual de salud, en la cual muestra o reporta la ocurrencia de diversas fallas en la misma, de cierta forma el presenta diferentes episodios de crisis ya que es por la misma sintomatología, en diferentes clínicas, él comete el error de que en cada una de las citas médicas, le dan incapacidades pero no las toma, en lo cual refiere que es por el exceso de trabajo, de cierta forma tiene mucho estrés laboral pero cuando se trata de la salud a nivel personal se debe tomar las mejores medidas correctivas.

Sin embargo no las tomó, su problema fue creciendo día a día, y se le convirtió en una enfermedad profesional  de alto nivel, donde llegó a conseguir la suspensión de su contrato laboral, sin embargo lo correcto que él hizo, fue apelar las estancias necesarias para que su caso fuera resuelto, la fiscalía general de la nación se vio en la necesidad de acceder a las estancias necesarias para que la situación se resolviera fuere a quien fuere el beneficio, afortunadamente fue a favor del afectado, pues habían varias acciones a su favor, empezando que su carga laboral era extremada a comparación de otros 10 fiscales quienes tenían cargas más equitativas y que ni se comparaban a las que él tenía, por otro lado fue una enfermedad laboral que adquirió en su trabajo y que por razones de carga laboral no pudo tomar las incapacidades como desde la parte médica se le ordenaba, de otra forma fue despedido donde no había razón justa, lo único que podemos ver aquí, es que la empresa ya no le servía un empleado con fallas en su salud y que no pudiera rendir de la misma forma, que es lo que las empresas casi nunca ven y a lo que no les importa.


Vemos que el fallo de la fiscalía es equitativo y justo, pues además de tener un problema de salud adquirido laboralmente, también tiene una familia que mantener y donde se ha vulnerado cantidad de derechos a los que por derecha tenía obligación y se le debía respetar.  Es una enfermedad laboral que no lo impide seguir la continuidad de sus labores pero donde debe también tomar medidas correctivas como tratamientos para poder seguir ejerciendo sus labores, pero se encuentra un momento justo donde se le debe remunerar sus salarios dejados de pagar por parte del contratante en los tiempos en que fue retirado de su cargo laboral y además se le castiga a las ARL por su negligencia en la toma de decisiones coherentes a la hora de respaldar una enfermedad laboral y un empleado que sin culpa alguna adquiere dicha enfermedad pero no encuentra optimo respaldo. Lo mejor del caso es que se le debe reincorporar a su cargo laboral al mismo nivel o más alto, pero con la debida remuneración de los salarios que se le dejaron de pagar en los tiempos de su retiro injusto.

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