PACTO COLECTIVO
lunes, 8 de mayo de 2017
NOTICIA PORTAFOLIO
MARZO 06 DE 2017 - 10:56 P.M.
El Ministerio de Trabajo tiene
listo un proyecto de ley por el cual se regula la celebración de pactos
colectivos.
Jaime Pinzón,
director de la firma de abogados laboralistas Pinzón Quintero, quien representa
a varias empresas, advierte que esta iniciativa deroga el artículo 481 del
Código Sustantivo del Trabajo y es motivo de preocupación para el sector privado en vista de
que la ven la intención de la desaparición de esa figura.
A su juicio, el pacto colectivo y las convenciones son formas de negociación. Si los trabajadores son sindicalizados los acuerdos quedan plasmados en una convención colectiva, mientras que si no son sindicalizados la negociación se concreta en lo que se denomina un pacto colectivo.
A su juicio, el pacto colectivo y las convenciones son formas de negociación. Si los trabajadores son sindicalizados los acuerdos quedan plasmados en una convención colectiva, mientras que si no son sindicalizados la negociación se concreta en lo que se denomina un pacto colectivo.
Sostiene, es
que la Corte ha avalado la negociación tanto de pactos como de convenciones.
Igualmente, considera que se vulnera el derecho a asociación en el sentido de
que un trabajador tiene derecho a afiliarse o no a una organización sindical.
Por su parte,
el Gobierno en su exposición de motivos dice en el proyecto que “la negociación colectiva entre empleadores y representantes de
trabajadores no sindicalizados atenta contra el principio de promoción de la
negociación colectiva, debilita la conformación de sindicatos, disminuye la
capacidad de negociación efectiva de los sindicatos, y constituye una práctica
discriminatoria de los trabajadores sindicalizados”.
El tema de los
pactos colectivos decidió ahora tramitarse por el llamado ‘fast track’, lo que
evitará el debate amplio y el estudio a fondo en el Congreso, según explicó el
abogado Jaime Pinzón.
Inquietud en el sector privado
Los gremios
están pendientes del paquete de normas que presentará el Gobierno en los próximos días
En lo que
tiene que ver con el Ministerio de Trabajo, el presidente de la Federación
Nacional de Comerciantes, Guillermo Botero, dijo que la propuesta oficial es
preocupante porque las empresas “deberían tener el derecho de ponerse de acuerdo con sus
trabajadores sin necesidad de sindicatos”.
ANALISIS
En nuestra opinión
todos los trabajadores tenemos derecho de libre expresión y asociación, a
llegar acuerdos laborales para poder obtener una buena relación laboral, están
contempladas varias leyes que nos dan el aval para poder conformar pactos,
convenciones, sindicatos.
Considero que
los trabajadores que no quieren hacer parte de un sindicato también pueden plasmar
sus inquietudes y desacuerdos por medio de pactos colectivos, claro está de una
forma sana y tranquila sin llegar afectar el rendimientos ni la productividad
de la empresa.
No estamos de
acuerdo con lo dicho por el gobierno la negociación colectiva entre
trabajadores no sindicalizados es una forma de poder llegar a un acuerdo y
poder expresar tal vez injusticias que se presentan con algunos trabajadores en
cuento a salarios horarios laborales, explotaciones , sin la necesidad de
formar un sindicato que ya es algo más formal y serio .
Hay formas de
llegar acuerdos entre empleadores y trabajadores como lo es un pacto que no va
mas allá de un reunión y una negociación.
Revista portafolio, entrevista a Clara López Obregón, ministra de Trabajo.
Revista
portafolio, entrevista a Clara López Obregón,
ministra de Trabajo.
CLAUDIA RUBIO/ PORTAFOLIO
MARZO 21 DE 2017 - 10:27 P.M.
El Consejo de
Estado acaba de emitir un fallo donde deja sin piso algunos aspectos del
Decreto 583 de abril del 2016 sobre tercerización
laboral. La ministra de Trabajo, Clara López, aclara el alcance de la sentencia
y revela que a principios de abril continuará la discusión sobre la propuesta
del Gobierno de limitar el alcance de los pactos colectivos de trabajo.
Hace días divulgaron unos
proyectos para favorecer la sindicalización. ¿Cómo va la discusión al respecto?
Los proyectos se presentaron a empresarios y trabajadores en el seno de la Comisión Nacional de Concertación de Políticas Laborales. Uno, por ejemplo, busca restringir los pactos laborales, que parecerían un invento colombiano, porque solo existen acá y en México, y en ninguna otra parte del mundo.
Que diferencia el pacto de la convención colectiva?
Una
negociación colectiva se hace con un sindicato, en cambio los trabajadores no
organizados no tienen manera de implementar o tomar decisiones y hacerse
representar adecuadamente; se utilizan para impedir que la gente se sindicalice
o para desgranar la afiliación a un sindicato. Eso va en contra del derecho
fundamental de libre asociación.
¿Cuál será el cambio?
Pensamos que los pactos se deben restringir al máximo, por ejemplo a empresas pequeñas donde no puede existir un sindicato. Los canadienses recomiendan su eliminación como parte del TLC y la Ocde se lo ha planteado al Gobierno; no es algo esotérico.
ANALISIS
Analizando esta entrevista realizada
nos podemos dar cuenta que para el gobierno va en contra de los pactos
colectivos, no es conveniente para ellos, ya que restringe la sindicalización
que es algo formal. Dicen que es un invento colombiano, pero en nuestra
constitución política hay artículos que garantizan la libre asociación y
reunión de trabajadores para regular las relaciones y laborales y a su vez
solucionar los conflictos que hallan entre empleadores y trabajadores.
El código sustantivo de trabajo
en el artículo 481 también garantiza la creación de pactos colectivos de esta
manera podemos decir que no es un invento como lo dice la ministra de trabajo
clara López,
Estamos bajo leyes que
garantizan la libre asociación y huelga para hacer valer nuestros derechos como
trabajadores.
domingo, 7 de mayo de 2017
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